domingo, 11 de agosto de 2013

Creación de la Contraloría del Estado

En 1974, la Asamblea Legislativa presidida por el doctor Edgar Vallée Vallée (en la foto), aprobó una ley con la cual se puso freno al libre manejo del presupuesto por parte del Gobierno del Estado.
Tal la ley de  Contraloría del Estado Bolívar, organismo dependiente de la Asamblea Legislativa  encargada de ejercer el control, vigilancia y fiscalización de los fondos y demás bienes que conforman el patrimonio del Estado, así como de todas las operaciones que con ellos se efectúen.
La Asamblea le otorgó autonomía funcional y administrativa en el ejercicio de sus atribuciones y previa aprobación de ella y sin perjuicio dé su autonomía funcional y administrativa, la Contraloría quedaba diseñada para prestar toda la colaboración debida a la Contraloría General de la República sobre las materias o tópicos que le sean planteados.
Dijo Vallée Vallée que para el cumplimiento de las funciones que le sean inherentes la Contraloría tendrá a su cargo: 1. El control previo de todos los gastos e inversiones de fondos, de bienes, así como el de los ingresos de todas las dependencias del Ejecutivo del Estado, de los Organismos Descentralizados o autónomos que perciban recursos financieros o rentas propias que fueren creados o autorizados por la Asamblea Legislativa o el propio Ejecutivo en conformidad CM la Ley. 2. La fiscalización y control sobre el patrimonio Estadal. 3. La Centralización de la Contabilidad de Rentas, gastos, bienes y materias de todas las Dependencias, Organismos descentralizados o Autónomos del Estado. 4.El prescribir para las Dependencias, Entidades y personas sujetas a su fiscalización, las normas v procedimientos que deben seguir .en materia de registro contable, comprobación y rendición de cuentas de los fondos u otros bienes Estadales; así corno para las operaciones que con éstos se realicen. A tal efecto se determinarán los modelos que deben utilizarse y la tramitación que debe seguirse en cada caso atendiendo a todas las disposiciones vigentes  en materia de gastos públicos.
La ley establece un cuerpo contralor de tres salas y 20 empleados, con presupuesto de medio millón  de bolívares que, a decir del presidente de la Legislatura, Dr. Edgar Vallée Vallée, “controlará de manera eficaz la contratación y contabilidad de los entes del Poder Ejecutivo y cualquier otra entidad estadal”.
La Contraloría General del Estado, como oficialmente se denomina, será un organismo auxiliar de la Asamblea Legislativa para complementar la actividad fiscalizadora de la misma, y estará dotada de profesionales con conocimiento técnicos suficientes para inspeccionar los contratos y obras en los que tenga interés parte del ejecutivo regional.
La ley aprobada establece un fondo rotatorio de cinco mil bolívares, sobre los cuales pondrá girar el Gobernador del Estado, solo un mil bolívares sin control previo.
El Gobernador del Estado, Dr. Domingo Álvarez Rodríguez, no tuvo objeción para la ley. Dijo, por el contrario, que “la Ley es saludable”, y el pondrá el ejecútese inmediatamente.
En cuanto a la persona que sería nombrada Contralor General del estado, el presidente de la Legislatura, a título personal, dijo que hay varios candidatos, pero que se inclina por José Manuel Sucre Ruiz, quien durante la Presidencia de Leoni fue Director de Administración del Palacio de Miraflores y Gobernador del territorio Delta Amacuro.
Esta Ley  fue modificada en junio de 1986 bajo la presidencia de Omar González Moreno para eliminar varios artículos, entre ellos, el referente al fondo rotatorio de 5 mil bolívares  sobre los cuales podía girar el gobernador.  En este cso el Dr. René Silva Idrogo.

En septiembre de 1991, bajo la presidencia del doctor Miguel Lima Ostos, volvió a ser modificada, siendo Andrés Velásquez Gobernador. 

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