miércoles, 11 de junio de 2014

EL CNP Y EL GOBIERNO

Los Gobiernos regional y local tienen que y deben estar conscientes, libres obviamente de todo prejuicio político-partidista, de que los periodistas inscritos en el CNP, están protegidos por una Ley de la República al igual que lo están los poderes del Estado, cada cual con  facultades que ambos deben respetar y acatar para bien de todos, incluyendo a la sociedad receptora de sus servicios.
         Las disposiciones, acuerdos y resoluciones del Colegio Nacional de Periodistas tienen, por lo tanto, fuerza de ley y por ello de obligatoria aceptación no sólo de los colegiados sino por las  instituciones públicas a las cuales sirven y con las cuales se relacionan.
         Si bien el CNP no tiene porqué trazar normas a los gobiernos regional y local sobre la materia político-administrativa, tampoco ellos deben imponerle normas sobre una materia, la periodística, que sólo por ley le corresponde al CNP.
         Sólo los periodistas colegiados, por estar suficiente y universitariamente preparados, deben resolver los asuntos que atañen al ejercicio de la profesión y eso debe respetarse y aceptarse en toda su esencia y extensión, especialmente cuando se trata de exaltar la labor del periodista  y de los medios por parte de los poderes del Estado a nombre de la sociedad que representan.  Los Jurados, en caso de premios, deben estar integrados por egresados de la Escuela de comunicación Social y no por personas ajenas a esta ciencia.
Los gobiernos generalmente disponen de periodistas colegiados y son ellos quienes deben asesorarlos y estar presentes sobre los asuntos que atañen al ejercicio del periodismo en constante concertación con el Colegio que los rige.
         Así como los médicos, ingenieros y abogados no deben ejercer su oficio sin estar colegiados, asimismo los periodistas egresados de la Universidad no deben ejercer ni dárseles trabajo si no están debidamente colegiados como obliga la ley de la república.  Hacer o tolerar lo contrario es ir contra la ley, es caer en delito y nadie, por lo visto, puede ser delincuente en este país.  Esto es válido para los jueces que no hagan cumplir la ley cuando a ellos se apele en caso de ejercicio ilegal de la profesión.
         Entendemos que el Estado venezolano creó la Escuela de Comunicación Social dentro de las Facultades de Humanidades de las Universidades para evitar el empirismo, la improvisación y el facilismo tan en boga hoy en esta materia.  En consecuencia es obligación de los Poderes del Estado enaltecer y estimular esos estudios, no exaltar el facilismo y la mediocridad en aras de las conveniencias de facciones.  Eso sería hacerle un grave mal a la sociedad que trabaja para superarse a través de la educación y formación creativa y productiva.
         Favorecemos el periodismo alternativo y comunitario, pero con periodistas colegiados que conocen la técnica y ética de la materia y de ninguna manera por el empirismo y aventura de ocasión.
         Condenamos el cambio o sustitución del nombre de la premiación municipal “J. M. Rangel” por ser un documento histórico puesto que data de 1959 y según la ley todo documento oficial de interés que pase de los cincuenta años se considera histórico y, por lo tanto, inalterable como, por ejemplo, la Casa Piar.  ¿Qué pasaría si alguien quisiera intervenirla para alterar su originalidad? 
Y no tan sólo por el carácter histórico del documento de 1959, sino por lo que significa el personaje para el gentilicio bolivarense en razón de su conducta ejemplar como ciudadano, servidor público y luchador desde su época de estudiante por las libertades públicas.



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