viernes, 29 de mayo de 2015

Robo megamillonario

Alrededor de la 1:00 de la madrugada del 5 de enero de 2001, la sede de Blindados de Oriente en Puerto Ordaz, fue visitada por un grupo no determinado de asaltantes, quienes en operación comando lograron apoderarse de una cantidad estimada entre 3 mil y 5 mil millones de bolívares.
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Eliécer José Rojas, jefe de bóveda de Blindados de Oriente fue responsabilizado del hecho junto con César Acevedo. Sin Embargo declaró “no podré olvidar el haber visto a mi esposa atada a un explosivo y a mi hija en manos de los malhechores que de esta manera me obligaron a conducirlos hasta la empresa y abrirles camino hacia las bóvedas. El mismo Rojas dijo que le fue atada una granada en la cintura para evitar cualquier intento de eludir la colaboración.
Las investigaciones periodísticas conducían a determinar que el botín logrado en el entonces denominado “robo del siglo” solo un millardo habrían dejado en Venezuela. De los cuatro mil millones de bolívares que fueron sustraídos en la noche del pasado 5 enero de la sede de la empresa “Blindados de Oriente” en Puerto Ordaz, tres mil fueron pasados a Colombia. También se señala que del millardo restante sólo el 20 por ciento habría sido retenido por los participantes, toda vez que ochocientos millones se ubican bajo el dominio de otros dos delincuentes que también al parecer habían pasado la frontera.
El juicio de este caso subió hasta la Corte Suprema de Justicia donde se pidió la radicalización del mismo y para lo cual fue designada la magistrada Blanca Rosa Mármol de León. De la Sala de Casación Penal. La solicitud fue hecha por el abogado José Agustín Reveron Orta, en su condición de defensor de Eliécer Rojas y César Acevedo, a quienes se les seguía juicio por ante el Tribunal Primero de Control de la Circunscripción Judicial del estado Bolívar, extensión territorial de Puerto Ordaz, por los delitos de robo agravado y delito de agavillamiento a la empresa “Blindados de Oriente”.
Recibida la solicitud en el Tribunal Supremo de Justicia, se dio cuenta en Sala, correspondiendo la elaboración de la ponencia a la magistrada Blanca Rosa Mármol, quien con tal carácter suscribió la decisión.
En fecha 9 de julio de 2001, la abogada Mayra Vernet Antonetti, en su carácter de apoderada de la empresa “Blindados de Oriente”, parte acusadora en el juicio seguido contra los solicitantes de la radicación solicitó fuese declarado sin lugar el pedimento hecho por la defensa, en virtud de que no existe alarma, sensación ni escándalo público en el presente caso que obligue a radicar el proceso de autos.
La solicitud de radicación se hizo precisamente basada en que, la publicidad que se le dio a este caso del robo megamillonario, había influido en el ánimo del Juzgado en el estado Bolívar que lo colocaba en una causal perfecta para que no conozca del caso ningún juez del estado Bolívar. “En su desesperación, producto de las presiones de prensa esta jueza, con mi más debido respeto, ha tratado de dar un vuelco inesperado a las solicitudes que yo haga, ello precisamente por el afán de decidir como culpables y pasarlos a juicio definitivamente, sin importarles que mis dos defendidos son totalmente inocentes como lo he manifestado en el expediente...”.
El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, bajo la presidencia de Rafael Pérez Perdomo, acogió la ponencia de la magistrada Mármol y declaró procedente la radicalización solicitada por la defensa de Eliécer Rojas y César Acevedo, y ordenó la remisión del expediente al presidente del Circuito Judicial Penal del estado Amazonas.

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