La
Corte Suprema de Justicia acordó detención contra Carlos Andrés Pérez y sus
Ministros Alejandro Izaguirre y Reinaldo Figueredo Planchart por el delito de
malversación genérica y peculado doloso propio, previsto en los artículos 60 y
58 de la Ley de Salvaguarda del Patrimonio Público.
El anuncio fue hecho desde la sede de
la Corte Suprema de Justicia por su Presidente Roberto Yápez Boscán. Posteriormente el Comité Ejecutivo Nacional
de Acción Democrática acordó excluir de sus filas a Carlos Andrés Pérez,
decisión que fue ratificada el 26 de mayo de 1994 por el Consejo Directivo Nacional con el voto
del 80 por ciento de la concurrencia.
El Secretario General del CEN de AD,
Luis Alfaro Ucero, informó del acuerdo.
En esa ocasión Carlos Andrés Pérez respondió desde su cautiverio en El
Junquito que “un decreto jamás me podrá excluir del partido”, mientras el ex
candidato presidencial Claudio Fermín, vocero de la corriente renovadora dentro
del partido blanco, calificó la decisión como “un insólito y equívoco hecho
protagonizado por una minoría que ni siquiera se dejó contar”
En septiembre de 1996, Pérez finalizó el cumplimiento
de su condena de dos años de prisión domiciliaria y anunció su intención de
regresar a la política, lo cual se plasmó en marzo de 1997 con su fundación de
un nuevo partido, el Movimiento de Apertura y Participación Nacional, compuesto
por miembros independientes y por disidentes de AD. El 14 de abril de 1998, el
Tribunal Superior de Salvaguarda del Patrimonio Público ordenó nuevamente su
detención, junto a la de su compañera, Cecilia Matos, acusándoles de
enriquecimiento ilícito al haber desviado fondos públicos a cuentas bancarias
conjuntas en el extranjero. Sufrió un nuevo arresto domiciliario, lo que le
permitió lanzarse como senador por su estado natal (Táchira) en los comicios
legislativos y regionales de noviembre de ese año, motivo por el cual recuperó
la inmunidad parlamentaria.
La sentencia de la Corte, elaborada por el magistrado
Luis Manuel Palís, condenó a Carlos Andrés Pérez a dos años y cuatro meses de
arresto domiciliario, además de reparar el daño o indemnizar al patrimonio
público.
La causa del veredicto fue la malversación de fondos
públicos y fraude a la nación a través de la partida secreta del Ministerio de
Relaciones Interiores. Hasta ahora ha
sido el único venezolano en abandonar la jefatura de Estado por quedar
demostrada su participación en hechos dolosos.
Carlos Andrés Pérez, presidente de la República entre
1974 y 1979, había asumido su segundo período constitucional (1989-1993)
anunciando un conjunto de medidas económicas que en apenas días llevó a la
nación a serios niveles de desabastecimiento, inflación y altos índices de
desigualdad social que hicieron posible las condiciones para la implosión de El
Caracazo (rebelión popular del 27 de febrero de 1989) y las rebeliones
patrióticas cívico-militares del 4 de febrero y 27 de noviembre de 1992.
El caso se inició el 22 de febrero de 1989 tras la
solicitud de rectificación presupuestaria a la partida secreta del Ministerio
de Relaciones Interiores para gastos de seguridad y defensa de la nación (que
era de 250 millones de bolívares) y que al final eran para cubrir los gastos de
seguridad de la Presidente de Nicaragua,
El 8 de noviembre de 1992, el periodista José Vicente
Rangel denunció el caso a través de su programa dominical José Vicente Hoy. Luego pasó a la Comisión Permanente de
Contraloría de la Cámara de Diputados y el 11 de
marzo de 1993, el Fiscal General de la
Nación, Ramón Escovar Salom, solicitó ante la Corte Suprema de Justicia un
antejuicio de mérito contra el mandatario y sus ex ministros Alejandro
Izaguirre y Reinaldo Figueredo Planchart.
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