Al juez de distrito de Roscio, doctor Régulo Montilla Araujo, le fue embargado el sueldo el 28 de mayo de 1970 a causa de una demanda por deuda morosa de 15 letras de cambio endosadas.
La demanda de embargo fue introducida por el doctor Jorge Suegart Gruber (en la foto) en su carácter de apoderado del comerciante Alfonso Ramírez Bracho, de Valle de la Pascua.
El juez de El Callao, Rafael Rodríguez La Rosa fue comisionado por la juez del tribunal de Upata, Servanda Páez Castro, para ejecutar el embargo del sueldo en el Banco de Venezuela. Pero el juez guasipatense, ni corto ni perezoso, reaccionó inmediatamente dictando auto de detención contra sus demandantes, abogados Suegart Gruber, Elpidio Larriva, Freddy Sanoja y el acreedor Alfonso Ramírez Bracho, bajo la acusación de “ultraje a un funcionario público con premeditación y alevosía”.
El Colegio de Abogados del Distrito Caroní repudió la conducta del juez de Guasipati por considerar que era irregular y contraria a derecho. Lo declaró persona no grata al gremio a la vez que pidió al Consejo de la Judicatura la intervención de su tribunal, destitución y una averiguación de nudo hecho por parte del Ministerio Público.
Una semana después los detenidos fueron puestos en libertad por orden del juez de instrucción de la Circunscripción Judicial del estado, doctor Carlos Mijares Barrios, quien junto con el fiscal primero del Ministerio Público, doctor José Rafael Granatti, fue comisionado para la averiguación sumarial.
El juez del distrito Roscio, doctor Régulo Montilla Araujo, se inhibió en el caso por ser parte afectada y entregó el expediente al juez de instrucción.
Tres años después se registró otro hecho llamativo en el mismo Distrito Roscio, pero en el municipio foráneo de El Dorado cuando el juez de ese municipio, Ramón García, fue vejado y detenido por la Policía y posteriormente trasladado a Guasipati por orden del prefecto Ventura Martínez.
La detención se produjo cuando a raíz de la visita de Pedro Pablo Aguilar, secretario general de Copei, a esa población, el alcalde de aquel municipio sostuvo una discusión con el juez municipal.
El juez fue sacado a la fuerza de su residencia por cinco policías, y descalzo y sin camisa lo introdujeron en una patrulla policial y lo trasladaron a la Prefectura de Guasipati.
Inmediatamente el juez superior segundo, César Augusto Domar, viajó a Guasipati para exigir al prefecto la libertad del juez y levantar un informe para la Judicatura sobre lo ocurrido.
El presidente del Colegio de Abogados, Edgar Vallée Vallée, repudió la actitud del alcalde de El Dorado y dijo que “conductas como estas, amparadas en la ley selvática del más fuerte, son una verdadera afrenta para el sistema de gobierno”.
Un fiscal del Ministerio Público abrió la averiguación para prestar asistencia jurídica al agraviado, a fin de que se castigue debidamente el atropello
Ese mismo año, la Guardia Nacional, comisarios y fiscales destacados en las minas diamantíferas del Guaniamo desacataron un decreto interdictal de amparo distado por el juez civil y mercantil. Pedro Bottero Basilice de esta circunscripción judicial.
El decreto interdictal fue dictado a favor del minero Louis Fernando Gómez Arango y cuatro socios a raíz de una solicitud de amparo, por indebida ocupación de un terreno rico en diamantes que con anterioridad le había sido boleteado o cedido por la Fiscalía del Ministerio de Minas destacado en la zona.
La ocupación fue hecha por los mineros Humberto Rojas y Zoila López Bolaños, bajo el amparo de una boleta que le fue expedida por otro fiscal sin llenarse previamente los requisitos de ley.
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